Moratoria IGJ 2025: cómo regularizar balances y documentación contable
- Agostina Coniglio

- hace 1 día
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Mantenerse al día con las obligaciones ante los organismos de control es uno de los grandes desafíos de asociaciones civiles, fundaciones y otras entidades. Entre estas obligaciones se encuentra la presentación anual de estados contables y documentación contable de cada ejercicio económico.
Para facilitar este cumplimiento, la Inspección General de Justicia (“IGJ”) lanzó una moratoria que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, para aquellas organizaciones radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“C.A.B.A.”), que se encuentran bajo su órbita.
A continuación, te contamos de qué se trata, a quiénes alcanza y cómo aprovecharla.
¿Qué es la moratoria y por qué es relevante?
La Resolución General (RG) IGJ N°4/2025 permite a las organizaciones con sede social en CABA regularizar la presentación de sus balances y documentación contable. Su objetivo es brindar a las entidades bajo su alcance la oportunidad de regularizar su situación frente al organismo, evitar sanciones y mantener vigente su personería jurídica.
¿Quiénes pueden acceder?
La moratoria aplica a las siguientes entidades que adeuden la presentación de estados contables o documentación contable de hasta los últimos diez años, incluidos los ejercicios cerrados hasta el 31 de agosto de 2024:
Sociedades por acciones (S.A.)
Sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.), comprendidas en el artículo 299, inciso 2, de la Ley Nº 19.550
Entidades constituidas en el extranjero inscriptas bajo el artículo 118 de la Ley Nº 19.550
Asociaciones civiles
Fundaciones
Quedan excluidas las entidades que tengan ya una sanción firme por incumplimiento en la presentación de sus estados contables, hasta tanto no abonen las multas y costas correspondientes.
¿Qué beneficios ofrece la Moratoria?
- La posibilidad de regularizar las presentaciones adeudadas a bajo costo.
- Evitar posibles sanciones por incumplimiento.
- La suspensión, hasta el 31 de diciembre de 2025, del inicio y tramitación de sumarios por falta de presentación de estados contables, salvo en los casos en que el procedimiento deba iniciarse obligatoriamente.
-El archivo de los sumarios ya iniciados exclusivamente por la falta de presentación de estados contables, siempre que la entidad hubiera regularizado su situación.
Una vez finalizada la moratoria, la IGJ podrá aplicar las medidas legales correspondientes según el tipo de entidad, sin necesidad de intimación previa, conforme lo establecido en la Ley N.º 22.315 y la Ley N.º 19.550.
¿Cómo adherirse?
Para ingresar a la moratoria se deben presentar todos los balances adeudados junto con la documentación contable y legal requerida según el tipo de entidad.
El trámite requiere:
a) Presentar el primer balance adeudado con el “Formulario de Presentación Fuera de Término de Estados Contables”
b) Presentar los balances adicionales adeudados con el “Formulario Presentación de Estados Contables Moratoria” (uno por cada balance adicional que se presente).
Más información aquí: https://www.argentina.gob.ar/servicio/moratoria-para-la-presentacion-de-balances-y-documentacion-contable
¿Qué documentación deben presentar las asociaciones civiles y fundaciones?
La moratoria no modifica los requisitos habituales de presentación de estados contables y documentación contable, aunque sí se cambia la modalidad de presentación, como anticipamos anteriormente.
Las asociaciones civiles y fundaciones deberán presentar por cada ejercicio económico adeudado:
Estados contables
Memoria, el informe del órgano de fiscalización y la nómina de miembros de los órganos sociales.
Las actas de convocatoria y aprobación de estados contables.
En el caso de las fundaciones, además:
El plan trienal de acción para el trienio siguiente.
Declaraciones Juradas, con relación al último ejercicio contable concluido, conforme a lo previsto en el artículo 348 del Anexo A de la Resolución General IGJ N° 15/2024.
Para más detalle te invitamos a consultar la Guía práctica jurídica para Emprendimientos Sociales y https://www.argentina.gob.ar/servicio/presentar-estados-contables-de-una-asociacion-civil-categoria-iii-en-la-inspeccion-general
Una oportunidad para regularizar
La moratoria de la IGJ representa una oportunidad única de regularizar la presentación de estados contables, evitando sanciones y protegiendo la personería jurídica de tu organización.




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