Obligaciones de las Donatarias Autorizadas en México: Declaración Informativa de Transparencia de Mayo
- Lourdes Selliez
- 2 may
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 3 may
Si formas parte de una organización de la sociedad civil (OSC) con autorización para recibir donativos deducibles en México, es fundamental que tengas en cuenta una obligación clave ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
Entre el 1 y el 31 de mayo de cada año, las donatarias autorizadas deben presentar la Declaración Informativa correspondiente al ejercicio fiscal anterior.
Esta declaración es un mecanismo de transparencia fiscal que permite a la autoridad verificar el uso y destino de los donativos recibidos, así como las actividades que la organización realiza, incluyendo si alguna de ellas está destinada a influir en la legislación.
¿Qué información debe contener esta declaración?
Detalles sobre los donativos recibidos y su origen.
Uso de los recursos y cumplimiento de los fines autorizados.
Actividades realizadas en el ejercicio fiscal.
Actividades destinadas a influir en leyes o políticas públicas (si las hubo).
⚠️ ¿Qué pasa si pierdo la autorización de donataria?
Si tu organización enfrenta una situación como:
Cancelación o suspensión de actividades,
Revocación o pérdida de la autorización como donataria, o
Cancelación del RFC por cambio de residencia fiscal,
deberás presentar esta misma Declaración Informativa dentro del mes siguiente a la fecha en la que surta efectos la notificación oficial del SAT.
Evita sanciones: presenta en tiempo y forma
El incumplimiento puede acarrear multas o incluso la revocación de la autorización como donataria autorizada. Desde Legal Check, recomendamos contar con asesoría legal y fiscal especializada para mantener tus obligaciones al día y evitar riesgos innecesarios.
Para más información, puedes acceder al manual del SAT en línea.
📬 Si tienes dudas sobre esta obligación o necesitas acompañamiento legal para tu OSC, en Legal Check estamos para ayudarte.
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